La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), conducida por Diego Spagnuolo, quedó en el centro de la polémica tras la publicación de la Resolución 187/2025, en la que se utilizan términos discriminatorios y obsoletos para clasificar distintos grados de discapacidad. La norma, que establece un nuevo baremo para determinar el acceso a pensiones no contributivas, llega en medio de un proceso de auditoría del Gobierno que busca dar de baja al menos 200 mil pensiones en el año.
La normativa cobró notoriedad luego de viralizarse el anexo de la resolución, donde aparecen expresiones como “idiota”, “imbécil” y “débil mental”, utilizadas para clasificar a personas con discapacidad intelectual. Algunas de las definiciones incluidas en el texto oficial son:
- “0-30 (idiota): no atravesó la etapa glósica, no lee ni escribe, no conoce el dinero…”
- “30-50 (imbécil): no lee ni escribe, atiende sus necesidades elementales, puede realizar tareas rudimentarias…”
- “50-60 (débil mental profundo): solo firma, tiene vocabulario simple, no maneja el dinero, puede realizar tareas rudimentarias”
- “RETARDOS MENTALES: Se trata de un déficit en el crecimiento mental y un trastorno cuantitativo caracterizado por escasez del desarrollo intelectual”.
El uso de esta terminología provocó un fuerte repudio de organizaciones como REDI, ACIJ, el CELS y la APDH, que presentaron un reclamo administrativo para que se dé de baja la resolución, con la advertencia de que podrían judicializar la medida. En el documento presentado sostienen que “la normativa contiene expresiones que refuerzan la discriminación histórica hacia las personas con discapacidad” y que atenta contra los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales.
La Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (ASDRA) también se sumó a las críticas, señalando que “el uso de esta terminología no solo contradice los principios de respeto e inclusión de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, sino que también atenta contra décadas de avances en la construcción de una sociedad más equitativa”.
En diálogo con La Barra de Casal por LT3, Gabriel Savino, defensor del Pueblo ad hoc de Santa Fe, advirtió que más allá del lenguaje, el objetivo de fondo de esta resolución es restringir el acceso a las pensiones no contributivas. Explicó que el nuevo baremo y los plazos administrativos generan barreras que impedirán que muchas personas puedan renovar sus beneficios, lo que derivará en un colapso de los sistemas de reclamo.
Tras el revuelo generado, la ANDIS emitió un comunicado en el que afirmó que la publicación de los términos en cuestión “no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta”. Además, anunció que la resolución sería modificada para “garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales, como la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5)”.
Pese a la rectificación, la polémica continúa. Fuentes del Gobierno aclararon que ANDIS es un ente autárquico y que sus resoluciones no pasan por el Ministerio de Salud, intentando despegarse de la responsabilidad por la publicación del documento. Además, trascendió que una funcionaria fue despedida tras la difusión del texto, aunque no se dieron mayores precisiones sobre su identidad ni su rol en la resolución.
La Defensoría del Pueblo de Santa Fe presentó un reclamo formal ante ANDIS y el Gobierno nacional, exigiendo la extensión de los plazos y una revisión de la normativa. “No podemos permitir un retroceso de 90 años en derechos adquiridos. Esta medida no solo afecta a las personas con discapacidad, sino también a sus familias y al tejido social en su conjunto”, concluyó Savino.