NUEVA REUNIÓN SOBRE EL CÓDIGO DE CONVIVENCIA

Concejalas y concejales analizaron otros aspectos de la propuesta enviada por el Departamento Ejecutivo.

En la mañana de hoy, miércoles 30 de junio, y a través de la plataforma Zoom, prosiguió el análisis de diferentes artículos del proyecto de Código de Convivencia para reemplazar al actual Código de Faltas.

Presidió la reunión la titular de la comisión de Gobierno, Marina Magnani, de Unidad Ciudadana, y participaron Roy López Molina, de Cambiemos; Verónica Irizar y Lorena Carbajal, del bloque Socialista; Alejandra Gómez Sáenz, Eduardo Toniolli, y Norma López, del Frente de Todos-PJ; María Fernanda Gigliani, de Iniciativa Popular; Fabrizio Fiatti, de Creo; Jesica Pellegrini, de Ciudad Futura; Germana Figueroa Casas, de Juntos por el Cambio, y Daniela León, de la Unión Cívica Radical/Juntos por el Cambio.

Igualmente tomaron parte del encuentro la subsecretaria Legal y Técnica municipal, Juliana Conti, y uno de los jueces del Tribunal Municipal de Faltas, Darío Mora.

Magnani, Fiatti, López Molina, Conti

Al iniciar el encuentro la concejala Magnani,  precisó que el tema por tratarse en la jornada comprendía los artículos previstos en el libro IV del proyecto, que comprende faltas contra las autoridades municipales,  bienes, espacio público y orden público y requirió “un esfuerzo de síntesis” a los representantes de las diferentes bancadas.

Por su parte el edil Fiatti, explicó que “el proyecto retoma los principales ejes del actual Código de Faltas y a partir de ahí innova en distintas áreas. También estandariza la redacción, que a partir de reformas sucesivas había perdido esa armonía, para que se tenga bien descripta cada conducta”.

Aludió la edila Magnani a “algunos planteos en lo relativo a sanciones respecto al espacio público”.

En tanto en su intervención el concejal López Molina, señaló que “el orden del libro no es solo una formalidad, sino que expresa una posición política respecto a los bienes jurídicos a cuidar” y al respecto estimó que “no creo que la falta contra la autoridad pública sea el más importante”. En el mismo sentido sumó que “replicar el orden del viejo Código es un orden que se debería repensar” y agregó que “no voy a proponer” ese nuevo ordenamiento, sino que “debe surgir del consenso y la discusión”.

También cuestionó el edil de Cambiemos que “al final de cada capítulo se cierre con: ‘Toda falta o contravención contra…. que no tenga prevista una sanción específica será sancionada con multa de…. o clausura…’ y plantea que “dicha forma genérica no corresponde y debe ser eliminada” y precisó que “no puede haber fórmula para faltas no previstas”. Insistió que “no se debe salvar el olvido”.

Más adelante marcó que cuando se hace referencia a “insultos, gritos, agresiones físicas o verbales, que dañen el orden público, queda muy poco margen para un instituto que propiciamos como la mediación”.

Igualmente hizo referencia a que “no hay mayores objeciones” en el articulado, aunque marcó algunas faltas “que se han olvidado” y en tal sentido aludió a “toda obstrucción o impedimento” en la actuación del personal de inspección o “la incomparecencia ante citaciones a mediación”, para la que propicia sanción con una multa específica.

Con respecto a la “problemática de los cuidacoches, no es una falta contra peatones, sino que debería incluirse en faltas contra el espacio público” y remarcó: “Es una falta contra la libertad y gratuidad del espacio público”.

En otro momento también indicó la necesidad de sancionar “a quienes difunden música con parlantes” en el espacio público y puso como ejemplo aquellos que en los baúles de los autos tienen parlantes en Costa Alta o en la avenida Colombres, “conducta que produce enormes problemas”. De modo similar aludió al tema de las vibraciones que no se encuentran reguladas en el decreto/ordenanza que regula ruidos, y en tal sentido aludió a la necesidad de una modificación puntual de la ordenanza sobre ruidos.

En su primera intervención la subsecretaria Legal y Técnica municipal, Conti, valoró la incorporación de un artículo genérico al final de cada capítulo, y recordó que al presente el Código de Faltas lo tiene al final, y que lo precisaron de tal manera que “queden establecidos mínimos y máximos dentro de cada capítulo”.

Coincidió en que lo relativo a las vibraciones debería especificarse en la norma correspondiente, e hizo alusión a la situación que, por ejemplo, se da en tal sentido en la zona de Pichincha. Acerca del inicio para faltas contra las autoridades, aludió a que son las faltas “contra las fuerzas de control”.

Toniolli, Pellegrini, Carbajal

Expuso posteriormente el concejal Toniolli, quien coincidió con López Molina en cuestionar el inicio de faltas contra las autoridades y los tipos abiertos, del último punto de cada capítulo.

Marcó de inmediato su preocupación respecto al artículo 132, donde “se separan espectáculos y eventos y una interpretación posible es el pedido de un permiso para una manifestación de carácter social o político” por lo que insistió que “no tiene que haber ninguna duda, más allá de la voluntad del Ejecutivo” y reclamó que “tiene que ser más clara la redacción”.

Expresó sus dudas respecto al artículo 136, cuando hace referencia al concepto de “conmoción generada” y consideró que se debería “intentar revisarlo”.

Al hablar sobre el artículo 141, estimó que “es una rémora del actual Código de Faltas, cuando habla de permisionario de ferias urbanas” para agregar que “es un agravante que se configura en relación a una actividad labor. Entendemos que no tiene fundamento lógico más que estigmatizar una actividad en particular”.

Acerca de faltas que refieren a ordenanzas vigentes solicitó el edil Toniolli se incorporen las faltas contra la ordenanza Nº 4.050 de estacionamiento gratuito de bicicletas.

Al iniciar su manifestación la concejala Pellegrini coincidió con los ediles López Molina y Toniolli, acerca del orden del libro, respecto a faltas contra las autoridades, y dijo que “ello viene del viejo Código” para aseverar que “en principio deben priorizarse los bienes colectivos y bienes comunes” y también consideró “fundamentales las faltas urbanísticas y ambientales”.

Posteriormente sostuvo que “hay cláusulas muy abiertas en cada capítulo, donde no se especifican faltas, no es una buena técnica” y acotó que “afecta el derecho de defensa, uno no sabe de qué defenderse”. En tal sentido enumeró los artículos 130 y 138, mientras que sobre el artículo 138, dijo que “no especifica el sujeto pasible de sanción” y sobre el 132 afirmó que “no especifica si es sobre el organizador”.

De igual modo precisó que si no se refiere a fines comerciales “podría afectar protestas sociales y es peligroso dejar esa llave abierta, incluso para criminalizar la protesta”. Estimó “poco preciso” el artículo 139 cuando refiere a “acciones que perturben”.

Acerca del artículo 141, consignó la edila de Ciudad Futura-FSP que “no tiene la coherencia que debería tener, es una rémora o resabio de estigmatizar a trabajadores de la economía popular”.

La concejala Magnani estimó que podría ser importante “incluir respecto a espectáculos públicos cuales son con fines de lucro y cuales no”. Respecto al artículo 194 afirmó que “no se menciona nada en relación al deterioro del entorno” y planteó que ello debería estar previsto y “sancionar al organizador” de un evento por “el daño del entorno”.

Al intervenir nuevamente la subsecretaria Conti, considera acerca del artículo genérico que “no contempla conductas no descriptas, sino que surge a partir de que muchas ordenanzas vigentes no tenían sanciones específicas y labrada el acta el juez no tenía como sancionarla”.

Descartó con relación a los feriantes “estigmatización” sino que se plantea la posibilidad de sanción por una causa justificada.

En su momento la concejala Carbajal consultó si “no correspondería aclarar con el párrafo en algunas faltas, ‘siempre y cuando no tipifique un delito’ en los casos en los que pueda darse esa situación”. Aludió igualmente al artículo 158 y propone se haga referencia a la ordenanza Nº 9.450 y sus modificatorias, “porque se corre el riesgo de cristalizar en el Código conductas que pueden ser actualizadas”.

López, Gigliani

Como otros ediles y edilas coincidió la concejala López en que se comenzara con faltas contra las autoridades y cuestionó también los artículos 136, 137 y 138, como “muy abiertos”.

Marcó la necesidad de especificar sobre el acoso, y recordó una iniciativa que presentaran desde su bancada en tal sentido.

En relación al capítulo II “habría que generar cuestiones más específicas” sostuvo la edila del Frente de Todos-PJ, por ejemplo, en relación a lo que ocurriera en mayo pasado con Médicos por la Verdad, en cuanto a faltas “contra la salubridad”, alude a necesidad de una “mirada de prevención y punitiva” y anticipa que presentara un texto alternativo al respecto. Recordó en tal sentido la intervención de la Guardia Urbana Municipal (GUM) en parque Sunchales.

También hizo referencia respecto a fortalecer las sanciones a partir de la tarea de la Oficina Municipal del Consumidor, y especificó en lo relacionado, por ejemplo, con “expensas claras”. En tal sentido aludió al tema de las mediaciones.

También la edila Gigliani cuestionó el inicio del libro en cuanto a faltas contra las autoridades y posteriormente mencionó artículo por artículo de los considerados en la tarea de la jornada.

Así consignó que en el 130, “sobre la utilización del espacio público se sanciona con una determinada y habría que agregar, ‘salvo que no esté tipificada en otro artículo”.

En cuanto a las sanciones sobre el mobiliario público, se preguntó si no habría que contemplar cuando ocurre con “inmuebles que ya están dañados”.

Sobre el artículo 145, la edila de Iniciativa Popular mencionó que debería diferenciarse “una industria que no está habilitada pero la actividad está permitida, y una industria que esté ejerciendo una actividad prohibida”.

Sobre el artículo 147, exceso del factor ocupacional, planteó una escala.

En relación al artículo 151 que contempla sanciones respecto de falta de botiquines, plantea agregar la no existencia de desfibriladores cuando éstos están previstos en la normativa.

También planteó incorporar al artículo 163, el término pandemia, y se preguntó porqué en el artículo 183, sólo se habla del fútbol y no de otros deportes, en cuanto a la penalización de la venta de bebidas alcohólicas.

Acerca del artículo 183, la funcionaria Conti, dijo que “se respetó tal cual está redactado en la actual ordenanza”, que recordó, fue autoría del ex edil Carlos Comi, y “tuvo que ver con algunos conflictos que se habían generado”.

En una nueva intervención la concejala López marcó la necesidad de revisar la normativa que regula las residencias para adultos mayores, dado que no está adecuada a las normativas nacional y provincial.

Al intervenir previo al cierre de la reunión de trabajo el concejal Fiatti, sostuvo que “el artículo 132 tiene la intención de poder sancionar a aquellos encuentros o convocatorias de concurrencia masiva de personas que entrañan una finalidad de lucro o que tienen que ver con el entretenimiento y pueden producir daños en el entorno” y lo relacionó con “las fiestas clandestinas”, no con protestas.

Dijo que “no se contemplan tipos abiertos, sino ordenanzas que prohíben determinadas conductas, pero no especifican sanciones”.

También coincidió en cuanto a la incorporación del tema de las vibraciones, que recordó, está previsto en el Código Civil y Comercial.

Sobre el final el juez Mora puso como ejemplo de conducta sancionada y no contemplada en el actual Código de Faltas, la recientemente aprobada, de alcoholemia cero, “que no prevé sanción y hubo que aplicar el artículo genérico” del Código en vigencia y mencionó que también “se da en ordenanzas viejas, que no tienen sanción o es muy antigua”.

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