«Gagliasso no salió con la intención de matar, pero al acelerar a 120 km/h en plena ciudad debió representarse ese resultado posible»

Valeria Piazza Iglesias, fiscal de la Agencia de Siniestralidad Vial y Delitos Culposos, dialogó con Javier Arrizabalaga en el programa La Barra de Casal tras la sentencia que condenó a Agustín López Gagliasso a 16 años de prisión e inhabilitación por 10 años por el siniestro vial ocurrido en la costanera rosarina el año pasado en donde murieron atropelladas Tania Gandolfi y su hija Agustina.

La fiscal explicó que el eje del juicio fue la disputa entre dos figuras penales: mientras la defensa sostenía que correspondía aplicar el artículo 84 bis del Código Penal —homicidio culposo agravado por exceso de velocidad, con pena máxima de 6 años—, la fiscalía sostuvo la tesis de homicidio simple con dolo eventual, basada en el artículo 79.

En ese sentido, Piazza Iglesias diferenció el dolo directo, que es cuando existe intención explícita de matar, con el dolo eventual, que se configura cuando una persona debe representarse que su acción puede causar la muerte de otro y, pese a ello, continúa siéndole indiferente el resultado. En este caso, sostuvo que López Gagliasso no salió con la intención de matar, pero al acelerar hasta los 120 km/h en plena ciudad debió representarse ese resultado posible y no desistió.

En cuanto al contexto, la fiscal ubicó el fallo dentro de la jurisprudencia rosarina: el primer antecedente de aplicación de dolo eventual en estos casos fue en 2017, con el llamado «caso Smith», en el que un mecánico atropelló a un repartidor en la esquina de Río Negro y Campbell. De los cuatro precedentes previos con esa figura, la pena máxima obtenida había sido de 12 años, por lo que la condena actual constituye un récord provincial en monto de pena. También remarcó que ningún testigo declaró a favor del acusado —salvo testigos de concepto aportados por la defensa sobre su personalidad— y que varios vecinos se presentaron espontáneamente para relatar lo ocurrido, entre ellos una joven que debió arrojarse de su bicicleta cuando el motor del auto salió despedido hacia ella.

Como conclusión, Piazza Iglesias insistió en la necesidad de reformar el Código Penal para que este tipo de hechos tenga penas más severas previstas expresamente, ya que hoy la fiscalía debe recurrir a la figura de dolo eventual para alcanzar condenas más altas. Adelantó que los fundamentos de la sentencia estarán disponibles en unos 10 días y que, según su experiencia, es esperable que la defensa presente una apelación.